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BANNER



- Las Urls que siguen, nos servirán para obtener información de la base de datos de Banner del sistema de Información dipalme.
- La base de datos de banner, contiene ficheros binarios de distintos formatos (.swf, .cif, ...), archivados en una ficha con información asociada (referencia, procedencia, clasificador, ...). Pero todos ellos tienen en común el contener una animación de tamaño 468x60 pixes (o 449x98 pixes si se utiliza el estilo de página A1) y nombre que no contenga espacios en blanco, que será presentada en la correspondiente ventana a modo de anuncio animado.
- El tamaño de la animación puede ser diferente, siempre que todas las animaciones de una misma entidad+rol sean de igual tamaño y sea ese el que se utilice en la ventana donde vayamos a presentar los banner.
- En las url´s, como norma general, no se deben utilizar tildes (acentos) ni la ñ (sustituirla por n).
- No se admiten espacios en blanco, normalmente se sustituyen por + o _
- La estructura tipo de una url, será la siguiente:
    Comando: http://
    Servidor: www.dipalme.org/
    Directorio/subdirectorio: Servicios/Banner/
    Base de datos: BANNER.nsf/
    Formulario: (nombre y, en su caso, comandos del formulario que, dará forma a la información obtenida)
    Parámetros: (datos que utilizaremos para hacer la selección dentro de la base de datos)
*** BANNER DE UNA ENTIDAD+ROL:
    - Esta url va incluida en un texto HTML que se pone en una ventana de 450x60 pixes, de forma que en la misma se abrirá la secuencia de todos los anuncios activos de una entidad y rol determinado que se encuentren en la base de datos de banner.
    <iframe src=http://www.dipalme.org/Servicios/Banner/BANNER.nsf/BannerEntidad/Diputacion+Provincial+de+Almeria+Administracion width=450 height=60 frameborder=no border=0 MARGINWIDTH=0 MARGINHEIGHT=0 SCROLLING=no></iframe>

    - Los Parámetros o datos variables que deberemos cambiar según el fichero a abrir serán: Diputacion+Provincial+de+Almeria (que es la Entidad) y +Administracion (que es el rol).
    - Para el supuesto de anuncios de tamaño distino a 450 x 60 pixes, debemos cambiar también dicho valor en los comandos HTML.

Documento Creado: Jueves 12 de marzo de 2003
Última modificación: Lunes 27 de marzo de 2016
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