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ADHESIÓN AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO
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¿En que consiste?
§ La Junta Arbitral otorgará un Distintivo Oficial a los empresarios y comerciantes que realicen la Oferta Pública de Adhesión al Sistema Arbitral de Consumo; distintivo que pueden utilizar en sus comunicaciones comerciales.
§ Cuando el consumidor vea en el establecimiento el distintivo oficial podrá tener plena confianza en la calidad de los productos y servicios ofertados, y la garantía de que se podrán resolver de manera extrajudicial, rápida y gratuita los conflictos que puedan suscitarse. Las empresas y comercios que posean el distintivo del Arbitraje de Consumo ostentarán una etiqueta de calidad que mejorará su imagen y su credibilidad ante los consumidores y usuarios.
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¿Quienes pueden solicitar la adhesión?
§ Empresas y Profesionales que produzcan, importen, suministren o les faciliten bienes o servicios a consumidores y usuarios.
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¿Cómo solicitarla?
§ Las empresas y profesionales podrán formular la oferta de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo por escrito, por vía electrónica, o por cualquier otro soporte que permita tener constancia de la presentación y de su autenticidad.
§ La solicitud deberá contener los extremos recogidos en el modelo adjunto (documento en formato Word: Solicitud de Adhesion al Sistema Arbitral de Consumo).
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Efectos de la Adhesión
§ La oferta pública de adhesión se entenderá realizada a todo el Sistema Arbirtral de Consumo. No obstante, podrá limitarse a las Juntas Arbitrales de Consumo correspondientes al territorio en el que la empresa o profesional desarrollen principalmente su actividad.
§ El Compromiso de Adhesión se entiende realizado, como regla general, en equidad, por tiempo indefinido y con aceptación de la mediación previa.
§ La concesión del distintivo público de adhesión y su retirada se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería.
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