Diputacion Provincial de Almeria
Servicio de Régimen Interior

» Teleadministración » Firma Electrónica

SERVICIO DE FIRMA ELECTRÓNICA ACORDADA, UTILIZADO LOS CERTIFICADOS NOTES, EN LAS RELACIONES ENTRE USUARIOS DE LA RED PROVINCIAL
(Resolución núm. 205 de 17/02/2005 Modificada por Resolución 1.606/2006 de 29/09 y 381/2007 de 02/03)
Descripción:
      El servicio permitirá a los poseedores de un certificado Lotus Notes/Dominio de la Red Provincial, utilizarlo para dar valor de documento electrónico acordado de conformidad con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, en las relaciones con otros poseedores de certificados; siempre que sus respectivas Entidades Locales adheridas al Convenio Marco de Cooperación para la Implantación y Mantenimiento de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración, hayan aprobado la utilización de éste servicio.
Usuarios:
      Poseedores de certificados Lotus Notes/Dómino de la Red Provincial o dominios de confianza, que soliciten la prestación del Servicio de conformidad con los requisitos que más adelante se detallan, siempre que una Entidad Adherida o Beneficiario del Convenio Marco haya solicitado formalmente la prestación del Servicio.


      Relación de Entidades Usuarias del Servicio:
Modalidades:
      El Servicio de Firma Electrónica Acordada, utilizando los Certificados Notes, en las relaciones entre usuarios de la Red Provincial sólo podrá tener valor en el intercambio de documentos electrónicos, generados con un certificado Lotus Notes/Dómino de la Red Provincial, siempre que hayan concurrido los siguientes requisitos:
      1.- Que las Entidades Locales que deseen utilizar este servicio hayan solicitado previamente los Servicios Básicos de Teleadministración en la Red Provincial.
      2.- Que las Entidades Locales adheridas al Convenio Marco de Cooperación para la Implantación y Mantenimiento de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración, hayan aprobado la utilización de este servicio y en consecuencia, reconocer valor, como documento electrónico acordado, a los que se emitan, utilizando los certificados Lotus Notes/Dómino de la Red Provincial, en las relaciones con otros usuarios de ésta Red que también lo hayan aprobado; así como con los de otros dominos que puedan ser declarados de confianza en virtud del correspondiente Convenio.
      3.- Que la entrega del correspondiente certificado a su titular, se efectué siguiendo el procedimiento de registro que apruebe la Diputación de Almería. Procedimiento en el que se dejará constancia de la identidad del titular-receptor del certificado y de los derechos y obligaciones que al mismo competen, respecto a su utilización y custodia. Y en el que se dispondrá de un plazo máximo de 3 meses, desde la solicitud de la correspondiente Identidad Digital, para formalizar el registro o acreditación. Transcurrido el mismo, de no haberse efectuado la acreditación, quedará anulada la correspondiente sin más trámite.

      En cualquier caso, la creación de documentos en el soporte electrónico acordado en el presente servicio, no es obligatoria, sino que los titulares de la firma podrán crear los documentos en el soporte que estimen conveniente siempre que sea admitido en Derecho
Solicitud:
      La Solicitud del Servicio de Firma Electrónica Acordada, utilizando los Certificados Notes, en las relaciones entre usuarios de la Red Provincial deber contener el compromiso expreso aprobado por el órgano competente de la Entidad Local solicitante de utilizar este servicio y en consecuencia, reconocer valor, como documento electrónico acordado, a los que se emitan, utilizando los certificados Lotus Notes/Dómino de la Red Provincial, en las relaciones con otros usuarios de ésta Red que también lo hayan aprobado.

      También contendrá la identificación con DNI, puesto de trabajo, nombre y apellidos de la persona que deberá registrarse personalmente en las oficinas de Diputación para recoger su certificado y que, asumirá en lo sucesivo, las funciones de registro del resto de usuarios de su Entidad.

      Y remitirse, al Área de RR.HH. y Régimen Interior de la Diputación Provincial de Almería, Servicio de Régimen Interior. C/ Navarro Rodrigo, 17 04071 Almería.
Coste:
      Dado que, la posibilidad de contar con una dirección electrónica para autoridades y departamentos de las Entidades Adheridas al Convenio Marco de Cooperación para la Implantación y Mantenimiento de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración, está contemplada en aquellas que han solicitado los Servicios Básicos de Teleadministración en la Red Provincial e Internet.

      Y, teniendo en cuenta que el contar con dicha dirección electrónica ya implica el poder utilizar el certificado Lotus Notes/Dómino asociado a la misma.

      El Servicio de Firma Electrónica Acordada, utilizando los Certificados Notes, en las relaciones entre usuarios de la Red Provincial, no conllevará coste directo alguno para las Entidades Adheridas al Convenio Marco que lo soliciten.

      Las Entidades Locales adheridas, si tendrán que asumir, en su caso, los costes de comunicación o elementos de conexión necesarios que no son otros que los previstos para los servicios básicos de teleadministración que ya deberían estar implantados.
Plazo de Preaviso para el cese de la prestación:
      Cuando una Entidad que viniere utilizando el servicio quiera dejar de hacerlo, deberá comunicarlo al Área de RR.HH. y Régimen Interior de la Diputación Provincial de Almería, Servicio de Informática. C/ Navarro Rodrigo, 17 04071 Almería, con un mes de antelación.

      No obstante el cese no surtirá efectos mientras no se hubieren devuelto o anulado, en su caso, los correspondientes certificados Lotus Notes/Dómino.
Prerrequisitos:
      Para utilizar este Servicio, los Entes Adheridos que lo soliciten, deberán:
      1.- Adoptar los acuerdos de aplicación previstos, y
      2.- Contar con los elementos establecidos como prerrequisitos en el Servicio Básico de Teleadministración en la Red Provincial e Internet que previamente debe haberse solicitado.
Documentos Anexos:
      - DEFINICIÓN DE LAS CONDICIONES DEL SERVICIO. (Fichero Word: ANEXO-V3.doc)
      - MODELO DOCUMENTO QUE SE FIRMA EN EL MOMENTO DEL REGISTRO COMO USUARIO. (Fichero Word: DOC-CONOC-Y-ACEPTA.doc)
      - MODELO HOJA CONTROL ID GENÉRICOS. (Fichero Word: CONTROL-ID-GENERICO.doc)
      - RESOLUCIÓN 205 DE 17/02/2005. (Fichero Word: R-205-05.doc)
      - RESOLUCIÓN 381 DE 02/03/2007. (Fichero Word: Res.381.doc)


ANEXO-V3.docCONTROL-ID-GENÉRICO.docDOC-CONOC-Y-ACEPTA.docR-205-05.docRes.381.doc