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Depósito Legal AL-1-1958
Administración:
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
C/ Navarro Rodrigo, 17 04071 ALMERÍA
Teléfono: 950.211.130 Fax: 950.211.131
Correo-e: bop@dipalme.org

Suscripciones al Boletín Oficial de la Provincia

    INSTRUCCIONES Y TASAS
    • MODELOS DE SOLICITUD
    La suscripción a la edición en soporte papel del Boletín Oficial de la Provincia de Almería o el cambio de domicilio de un suscriptor puede realizarse:
      - En formato papel, según modelos normalizados que se presentarán o remitirán (mediante correo, fax o correo electrónico) al Negociado de Registro y BOP de la Diputación de Almería

      - A través de Internet:


    • TRAMITE DE LA SOLICITUD DE SUSCRIPCIÓN
    Para tramitar la solicitud de suscripción es necesario el previo ingreso de la tasa correspondiente y la remisión del modelo de solicitud al Negociado de Registro y BOP acompañado de copia del CIF o DNI del suscriptor.

TASAS
FORMAS DE ABONO


    Para envíos al territorio nacional a través del Servicio de Correos:

    Año natural................................. 50,00 €.
    Primer Semestre natural .......... 25,00 €.
    Segundo Semestre natural ...... 25,00 €.
    Primer Trimestre natural .......... 13,00 €.
    Segundo Trimestre natural ...... 13,00 €.
    Tercer Trimestre natural .......... 13,00 €.
    Cuarto Trimestre natural .......... 13,00 €.

    Para envíos fuera del territorio nacional, los anteriores importes se verán incrementados por la diferencia correspondiente a la tarifa nacional y la del destino de que se trate.


      - En efectivo en el Negociado de Registro y BOP
      - Giro postal o telegráfico
      - Talón conformado o bancario
      - Transferencia al siguiente código de cuenta: 0182 6027 66 0000190030

    Debe indicarse siempre claramente el titular de la suscripción

    Siempre que no sea en efectivo, debe remitirse boletín de suscripción (mediante fax, correo, o correo electrónico) al Negociado de Registro y BOP.

    En el caso de transferencias se remitirá también recibo de la transferencia realizada.

    Cuando el pago se realice comenzado el período de suscripción, se enviarán los ejemplares correspondientes desde el lunes de la semana siguiente al pago.
    La Administración del BOP se responsabiliza de la entrega de ejemplares en el Servicio de Correos, sin que le corresponda garantizar la recepción efectiva de los mismos.
    • PLAZO DE SOLICITUD
    En las suscripciones anuales el plazo se abre durante el mes de diciembre de cada año.

Las suscripciones no se renuevan automáticamente. Para la renovación es suficiente con:
      1º realizar el ingreso de la tasa correspondiente y
      2º notificarlo mediante fax o correo electrónico al Negociado de Registro y BOP, mediante el correspondiente boletín de suscripción, siempre que el pago no se haya realizado en efectivo.

    Las Administraciones y particulares que tengan suscrito el Convenio de Colaboración para suscripción y liquidación de textos en el BOP de Almería, renovarán la suscripción sin necesidad de solicitarlo expresamente, salvo que quieran modificar el número de ejemplares respecto del año anterior o darse de baja como suscriptores, en cuyo caso deberán comunicarlo al Negociado de Registro y BOP

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